Entrevista a Miguel Ángel Bermúdez Odriozola, subdirector general de Normativa y Estudios Técnicos del Mitma

¿Nos podría resumir las características más novedosas del Código Estructural?

Para empezar, habría que decir que es un reglamento ambicioso que abarca las estructuras de hormigón, de acero y mixtas de hormigón y acero, tanto de edificación como de obra civil, que incluye la consideración de todas las etapas de la estructura, como son el proyecto, la construcción, el mantenimiento y su demolición final. También que es coherente con el resto de la reglamentación nacional y europea, incluyendo las últimas novedades tecnológicas y teniendo en cuenta las particularidades del sector de la construcción. Asimismo, es de destacar que incluye un modelo novedoso en Europa para evaluar la sostenibilidad de las estructuras, en línea con la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.

 

En un primer vistazo da la sensación de ser un Código inabarcable debido a su extenso contenido.

En realidad, esa es una sensación superficial. Creo que toda la reglamentación se ha estructurado de una forma racional que permitirá a los usuarios de la misma encontrar fácilmente los aspectos que, en cada momento, quieran consultar. Así, el Código estructural contiene cuatro títulos; el primero, “Bases generales”, que se compone de seis capítulos que recogen los fundamentos comunes a los tres tipos de estructuras y lasbases para la contribución de la estructura a la sostenibilidad; y los títulos 2, 3 y 4, los cuales se refieren respectivamente a las estructuras de hormigón, de acero y mixtas. Estos últimostienen exactamente la misma estructura narrativa de contenido en sus respectivos capítulos.

También, contiene 32 anejos, entre los que se han incluido (anejos 18 al 32) el contenido de los eurocódigos relacionados con el dimensionamiento y comprobación de las estructuras que entran dentro del ámbito de aplicación del Código, remitiendo los aspectos que no forman parte del procedimiento de cálculo de estas normas voluntarias a los correspondientes capítulos del Código Estructural.

 

¿Qué consideraciones destacaría para los fabricantes de hormigón preparado?

Hay que reconocer que este sector ha tenido un importante desarrollo en los últimos años, tanto en los aspectos técnico y tecnológicos como en el aseguramiento de la calidad de sus productos y también en los temas de prevención, medio ambiente y sostenibilidad. Esto se ha visto impulsado recientemente gracias a la implantación de la normativa de seguridad industrial que exige a todos los fabricantes mantener un exigente sistema de calidad en su producción certificado por un Organismo de control acreditado por ENAC. Ante este panorama de garantías sectoriales, el Código Estructural no podía mantenerse indiferente y, por ello, se han introducido cambios significativos con respecto a las anteriores Instrucciones. Al respecto, las modificaciones se han realizado en los criterios de control de recepción, los procedimientos en la toma de muestras para asegurar la representatividad de las mismas, las prescripciones sobre fabricación de hormigón, entre otras.

La adopción de la clasificación de ambientes de exposición de la normativa europea era un cambio necesario, aunque somos conscientes de que exigirá una especial atención tanto de los redactores de proyectos como de los constructores y los fabricantes de hormigón.

A su vez, hemos pretendido que la nueva reglamentación impulse la utilización de hormigones con distintivos de calidad oficialmente reconocidos (DCOR), ya que redundará en el incremento de las garantías de calidad y en un mayor prestigio de las estructuras de hormigón.

Por último, cabe destacar que el Código Estructural abre la puerta al desarrollo de los DSOR (Distintivos de Sostenibilidad Oficialmente Reconocidos) que esperamos que impulse a los distintos agentes implicados a valorar y aplicar criterios de sostenibilidad en la ejecución de las estructuras de hormigón.